Artículo 319. El Banco Central de Venezuela se regirá por el
principio de
responsabilidad pública, a cuyo efecto rendirá cuenta de las
actuaciones, metas y
resultados de sus políticas ante la Asamblea Nacional, de
acuerdo con la ley.
También rendirá informes periódicos sobre el comportamiento
de las variables
macroeconómicas del país y sobre los demás asuntos que se le
soliciten, e incluirán
los análisis que permitan su evaluación. El incumplimiento
sin causa justificada del
objetivo y de las metas, dará lugar a la remoción del
directorio y a sanciones
administrativas, de acuerdo con la ley.
El Banco Central de
Venezuela estará sujeto al control posterior de la
Contraloría General de la República y a la inspección y
vigilancia del organismo
público de supervisi6n bancaria, el cual remitirá informes
de las inspecciones que
realice a la Asamblea Nacional. El presupuesto de gastos
operativos del Banco
Central de Venezuela requerirá la discusión y aprobación do
la Asamblea Nacional,
y sus cuentas y balances serán objeto do auditoria externas
en los términos
la ley.
Análisis:
·
La Asamblea Nacional permite la Evaluación periódica
y Remoción del Directorio del Banco Central de Venezuela
·
El banco
Central de Venezuela debe rendir
Informes a la Asamblea Nacional.
·
La Asamblea Nacional debe Inspeccionar,
Supervisar, y vigilar al Banco Central de Venezuela.
Régimen Inconstitucional en Venezuela 2016
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